Fiscalidad de los fondos de inversión

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Si quieres obtener rentabilidad con tu dinero es importante que sepas elegir muy bien dónde invertir tu dinero. Hay muchas opciones, y una de las alternativas más rentables suelen ser los fondos de inversión.

En estos fondos podremos depositar nuestros ahorros para darles rentabilidad, aunque también tendremos que estar dispuestos a asumir los riesgos.

Si estás buscando otros productos de menor riesgo, o incluso exentos de riesgo, y no te importa qué la rentabilidad no sea tan alta puedes probar con los depósitos, por ejemplo.

Pero bueno, hoy hablaremos sobre los fondos de inversión, qué tipos de fondos hay, quienes los gestionan, cuales son los activos en los que podemos invertir en un fondo y qué tipo de inversor somos según nuestro perfil. Además, hablaremos sobre la fiscalidad de los fondos.

¿Qué es un fondo de inversión?

Un fondo de inversión es un instrumento financiero qué sirve para invertir en otros productos como acciones, bonos u obligaciones, con el capital de todos los participantes del fondo.

Para qué se entienda, un fondo funciona como una cesta de inversiones, y lo podemos contratar a través de una entidad bancaria o utilizando una gestoría de inversión.

Los fondos de inversión se caracterizan por su flexibilidad, y hay diferentes tipos para qué podamos elegir un mayor o menor riesgo. En los fondos puede invertir cualquiera, y por lo general es un producto en el que se pueden rescatar los ahorros en cualquier momento, así que en principio no deberías tener problemas de liquidez.

No obstante, los fondos están sometidos a fluctuaciones de los mercados y esto puede ser beneficioso o no. En ocasiones podrás ganar gracias a las cotizaciones pero otras perderás.

Por otro lado, tenemos los fondos garantizados, que son aquellos en los que siempre podremos recuperar el nominal en el momento en qué alcance el plazo de vencimiento.

fondos de inversion

¿Qué tipos de fondos hay?

Hay muchos fondos en los que se puede invertir, y éste sería un resumen de los principales:

  • Fondos de renta fija: Invierten únicamente en activos de renta fija, como pueden ser bonos y obligaciones, letras, pagarés, depósitos… Por lo general se combinan inversiones más seguras cómo otras de mayor riesgo.
  • Fondo de renta variable: En más de un 75% invierten en renta variable, es decir, en acciones y otros productos similares. Según el mercado en el que se invierta o los sectores de la actividad del fondo se establecen subcategorías.
  • Fondos mixtos: Invierten en ambos tipos de valores, de renta fija y de renta variable. Cuánto más alto sea el porcentaje en renta variable más rentabilidad obtendremos en el fondo, aunque el riesgo al que nos expondremos también será mayor.
  • Fondos garantizados: Se garantía el capital inicial invertido más una rentabilidad que puede ser fija o variable en un plazo de tiempo determinado.
  • Fondos monetarios: Suelen funcionar a corto plazo y se invierte en activos del mercado crediticio. Ofrecen una baja volatilidad por lo que son de bajo riesgo.
  • Fondos de fondos: Invierten más del 50% del patrimonio en otros fondos de inversión.
  • Fondos globales: No tienen obligación de fijar ningún porcentaje o calificación crediticia a los activos. No tienen establecida una inversión determinada. Suelen implicar riesgos altos por qué no podemos saber con antelación los porcentajes qué se destinarán a renta variable y fija.
  • Fondos de gestión pasiva: Estos fondos replican a un índice concreto, como por ejemplo el IBEX 35. Las comisiones de gestión en estos fondos son bastante bajas.
  • Fondos inmobiliarios: Invierten en activos inmobiliarios, obviamente, y consiguen los rendimientos de su alquiler y la evolución en sus precios.
  • Fondos de retorno absoluto: Los “hedge fund”, por ejemplo. Se caracterizan por tratar de alcanzar objetivos de rentabilidad no garantizados y ser de riesgo.

¿Qué ventajas fiscales nos ofrecen los fondos de inversión?

Sí estás preguntándote sí los fondos de inversión tienen alguna ventaja fiscalmente hablando te diremos que sí.

Por lo pronto lo más destacable sobre los fondos es qué toda la rentabilidad que consigamos en la inversión no tributará hasta qué retiremos el dinero depositado.

En el momento en que queramos “rescatar” ese dinero del fondo y retirarlo a una cuenta corriente entonces será el momento en que tengamos que preocuparnos por la tributación.

ventajas fiscalidad en fondos de inversion

La ventaja es que los fondos de inversión nos permiten mantener un capital invertido, y generando beneficios durante el tiempo qué decidamos y sin tener que declarar nada a Hacienda. Recuerda, sólo tendrás que tributar en el momento en qué decidas sacar el dinero.

Por otro lado, decir qué en caso de traspasar un fondo a otro no está considerado como “rescate” del capital, es decir, qué podremos hacer este procedimiento sí queremos mantener el capital generando beneficios y exprimir al máximo la inversión.

¿Cómo debemos tributar el dinero retirado de los fondos?

En el momento en que retiramos el dinero de los fondos tendremos que declararlo cómo ganancias patrimoniales en la declaración de la renta.

Independientemente de sí rescatamos el total del fondo de inversión o sólo una parte del capital invertido, ya tendremos que comenzar a tributar por ese dinero.

Así qué en el momento en que realicemos esta acción de retirar el capital del fondo de inversión a nuestra cuenta bancaria, el banco le dará a Hacienda el 19% de la rentabilidad.

Esto directamente, y luego después en la declaración la rentabilidad tributará en los siguientes tramos, junto a las demás ganancias patrimoniales y rendimientos de capital inmobiliario.

  • Hasta los 5.999€ de ganancias el 19% de tributación
  • Desde los 6.000€ hasta los 49.999€ el 21% de tributación
  • A partir de 50.000€ de ganancias el 23% de tributación

Cabe destacar qué si por la razón que sea en vez de ganar rentabilidad la perderemos y ese fue el motivo para “rescatar” el dinero del fondo, tendremos la posibilidad de compensarlo con las ganancias y pérdidas de los rendimientos de capital inmobiliario y ganancias patrimoniales.

De este modo los intereses que tengamos que pagar serán más realistas.

Además, llegado el momento es posible que no tengamos que pagar nada a Hacienda porque en el rescate ya nos habrán quitado de manera inmediata un porcentaje del rendimiento del fondo de inversión, y cómo es lógico en esta situación no volverá a cobrarnos.

Esto será en caso de no superar el primer tramo de los 5.999€. Sí superas los 6.000€ entonces sí tendrás que pagar, pero sólo tendrás que encargarte de pagar la diferencia del porcentaje del tramo qué te corresponda.

Si tienes dudas consúltanos, te ayudaremos a aclarar este tema.

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